La jueza de Lomas de Zamora Marta Elba Pascual. (Foto: Universidad Nacional Guillermo Brown-UNaB)

Buenos Aires le pone un freno a la baja de la edad de punibilidad

Una jueza de Lomas de Zamora suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia. El fallo advierte que no existen condiciones materiales, institucionales ni profesionales suficientes para absorber el impacto de la reforma que permite aplicar el sistema penal desde los 14 años.

La entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil encontró en la provincia de Buenos Aires un obstáculo judicial inmediato. Apenas comenzó a regir la normativa nacional que reduce de 16 a 14 años la edad de responsabilidad penal, la Justicia bonaerense decidió suspender su aplicación durante 60 días.

La resolución fue dictada por Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, a partir de un hábeas corpus preventivo colectivo. La magistrada puso el foco no solamente en las consecuencias jurídicas de la reforma, sino fundamentalmente en la capacidad real del Estado provincial para implementarla.

El argumento resulta contundente: incorporar a adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal sin contar con establecimientos adecuados, personal especializado y dispositivos suficientes podría profundizar las condiciones de hacinamiento y vulnerabilidad que ya atraviesan al sistema de encierro juvenil.

Un sistema que no tiene dónde alojar a los nuevos imputados

La discusión sobre la edad de punibilidad suele quedar atrapada en una pregunta política y electoral: ¿hay que endurecer las penas frente a los delitos cometidos por adolescentes?

El fallo bonaerense introduce otra pregunta, mucho más concreta: ¿está preparado el Estado para hacerlo?

La jueza Pascual sostuvo que la aplicación de la nueva legislación requiere condiciones materiales e institucionales que actualmente no estarían garantizadas en la provincia. La preocupación alcanza tanto a los establecimientos de alojamiento como a los equipos profesionales encargados de intervenir con adolescentes en conflicto con la ley penal.

En ese contexto, el riesgo señalado por la resolución es que una reforma presentada como una herramienta para combatir la inseguridad termine generando un efecto contrario si produce mayor concentración de adolescentes en espacios de encierro sin capacidad suficiente.

“Hacinar menores, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia”, plantea el fallo de Pascual, según la publicación de Página/12.

El debate entre castigo y prevención

La decisión judicial vuelve a colocar en el centro una discusión que atraviesa desde hace meses a la política argentina: si la respuesta frente al delito juvenil debe concentrarse en el endurecimiento de las herramientas penales o si, por el contrario, debe priorizar políticas de prevención, educación, inclusión y acompañamiento.

La Asociación de Abogados de Buenos Aires había advertido durante el debate legislativo que la reducción de la edad de responsabilidad penal podía significar una expansión del poder punitivo sobre niños y adolescentes y cuestionó que se priorizara el encierro por sobre las respuestas socioeducativas. También recordó que la Convención sobre los Derechos del Niño establece que la privación de libertad debe utilizarse como último recurso y durante el período más breve posible.

La discusión adquiere particular relevancia en Buenos Aires porque la provincia ya cuenta con un sistema de responsabilidad penal juvenil que enfrenta problemas de infraestructura y capacidad.

Un informe de la Comisión Provincial por la Memoria señaló que durante 2025 ingresaron 842 niñas, niños y jóvenes a dispositivos de detención bonaerenses. De ese total, 640 —el 76 por ciento— fueron destinados directamente a establecimientos de régimen cerrado.

Es decir, antes de incorporar formalmente a una nueva franja etaria al sistema penal, el sistema existente ya muestra un fuerte peso del encierro.

La advertencia sobre el hacinamiento

El problema, entonces, no se limita a la letra de una ley. La verdadera dimensión de la reforma se juega en su implementación.

Si la nueva normativa habilita la intervención penal desde los 14 años, el Estado deberá disponer de infraestructura, jueces, fiscales, defensores, equipos interdisciplinarios, operadores especializados y programas de acompañamiento capaces de atender una población adolescente más amplia.

La Justicia bonaerense entendió que esas condiciones no están garantizadas actualmente y decidió establecer una pausa de 60 días.

La medida no supone, según los reportes sobre el fallo, una declaración de inconstitucionalidad de la nueva ley. El eje de la decisión está puesto en las condiciones concretas para hacerla efectiva y en la necesidad de evitar que su aplicación genere un escenario de mayor vulneración de derechos.

Un freno que abre un debate mayor

La resolución de Lomas de Zamora llega apenas horas después de que el Gobierno nacional reglamentara el nuevo Régimen Penal Juvenil mediante el Decreto 875/2026. La norma establece la responsabilidad penal para adolescentes desde los 14 hasta los 18 años.

La simultaneidad entre la puesta en marcha del nuevo régimen y su suspensión judicial en Buenos Aires expone una de las principales tensiones del debate: una cosa es aprobar una reforma y otra muy distinta es construir las condiciones para aplicarla.

La discusión tampoco ocurre en un vacío social. En los últimos años, casos de enorme impacto público instalaron la inseguridad protagonizada por adolescentes como uno de los temas centrales de la agenda política. Sobre esa preocupación legítima se construyeron distintas propuestas que plantearon bajar la edad de punibilidad como una respuesta concreta.

Sin embargo, organizaciones jurídicas y de derechos humanos vienen sosteniendo que el problema no puede resolverse exclusivamente mediante el sistema penal. La Asociación de Abogados de Buenos Aires, por ejemplo, planteó que las políticas de prevención, inclusión social y fortalecimiento de derechos deben ocupar un lugar central en cualquier estrategia de seguridad juvenil.

La pregunta que queda abierta

El fallo de la Justicia bonaerense no cierra la discusión. La profundiza.

Porque detrás del debate sobre si un adolescente de 14 o 15 años debe ser alcanzado por el sistema penal aparece una cuestión todavía más incómoda: qué Estado existe detrás de la ley.

Si faltan establecimientos adecuados, profesionales especializados y políticas capaces de evitar que el encierro se convierta en la única respuesta, la reducción de la edad penal puede terminar trasladando al sistema penitenciario problemas que antes debían ser abordados desde la escuela, la comunidad, las políticas sociales y los dispositivos de protección de derechos.

Buenos Aires acaba de poner un freno de 60 días. El tiempo dirá si ese freno sirve para adecuar el sistema a la nueva legislación o si, por el contrario, abre una discusión más profunda sobre los límites de una política de seguridad basada en bajar la edad de quienes pueden ser alcanzados por el castigo penal.

Porque el problema, finalmente, no es solamente desde qué edad se puede castigar. También es preguntarse qué herramientas tiene el Estado para evitar que un adolescente termine convirtiendo la cárcel en su destino.

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